La Ley 24.007 de Creación del Registro de Electores Residentes en el Exterior
y su correspondiente Decreto Reglamentario N° 1138/93 permite a los ciudadanos
argentinos residentes en el exterior ejercer el derecho de voto para la elección
de autoridades nacionales.
Para ello, el ciudadano argentino -que cumpla con los requisitos que más
adelante se detallan- deben encontrarse inscripto en el Registro de Electores
Residentes en el Exterior del Consulado argentino correspondiente a la
jurisdicción donde reside, con una anticipación suficiente al momento de la
elección.
La inscripción a dicho Registro, que se actualiza dos (2) veces al año, es
VOLUNTARIA, así como el derecho a voto.
A los efectos de poder resultar inscriptos en el mencionado Registro de
Electores, el ciudadano argentino residente en el exterior debe reunir los
siguientes requisitos:
-
Ser argentino nativo (incluye argentinos por opción) o
naturalizado.
-
Presentar su D.N.I. o L.E. o L.C. con el domicilio dentro de
la jurisdicción del Consulado, caso contrario, deberá efectuar el cambio de
domicilio correspondiente. (Ver Trámites relativos al Documento Nacional de
Identidad, en esta sección).
-
No estar comprendido dentro de las
inhabilitaciones determinadas por la Ley Argentina.
Solicitud de registro de Electores
en el Exterior |