En el caso de menores de dieciocho (18) años, los padres podrán optar por la nacionalidad argentina ante la Representación Consular con jurisdicción en su domicilio.
Requisitos:
*Acta de Nacimiento original del menor otorgada por autoridad competente,
traducida al español y legalizada.
Acta de Nacimiento original del padre o
madre (o ambos) argentino nativo.
*Documentos de Identidad del padre o madre
argentinos.
*Documentos de Identidad o Pasaporte del padre o madre
extranjero.
*Fotos 4x4, si el menor tiene mas de ocho (8)
años
Consentimiento de ambos padres aunque sólo uno de ellos sea
argentino.
En el caso de mayores de dieciocho (18) años que residen en el exterior, los mismos pueden realizar la opción ante el Juez Federal competente en la República Argentina otorgando poder al Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
En los casos en que el interesado (menor o mayor de 18 años) resida en la República, se podrá realizar el trámite de opción por ante el Juzgado Federal competente en razón de su domicilio.

